Nuevo derecho de tanteo y retracto

Nuevo derecho de tanteo y retracto: ampliación y novedades legales.

La Generalitat ha ampliado el derecho de tanteo y retracto con el Decreto ley 2/2025, afectando especialmente las operaciones con viviendas en zonas de mercado residencial tensionado. 

Le afecta, cuando un gran tenedor (persona jurídica) ende una vivienda en estas zonas o en casos, de adjudicación por subasta administrativa o judicial. 

Hay excepciones. No se aplicará si compra una persona física que está inscrita en el registro de vivienda protegida. O bien, solicita la calificación de vivienda protegida en 1 mes. Como ultima opción, si la vivienda se destina a residencia habitual durante 10 años. (Si no se cumple, la Generalitat podrá ejercer el derecho de retracto).

Nuevo Registro de Grandes Tenedores: Se está creando un registro específico para grandes tenedores de viviendas. Hasta que se apruebe el reglamento, hay que comunicar provisionalmente la condición de gran tenedor a la Agencia de la Vivienda. 

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