Documentación para alquilar una vivienda

Documentación que debe presentar un inquilino para alquilar un piso. 

Antes de firmar el contrato de alquiler, el propietario junto con la inmobiliaria, suele solicitar cierta documentación para acreditar la identidad y la solvencia del inquilino. 

 

Documentación personal:

- DNI o NIE 

- En caso de extranjeros, documentación que acredite la residencia o estancia legal en España.

 

Justificantes de ingresos:

- Nóminas, los 3 últimos meses. 

- Contrato de trabajo (especialmente indefinido)

- Vida laboral actualizada

 

En caso de autónomos:

  • Declaración de la Renta
  • Últimos recibos de pagos a la Seguridad Social
  • Declaraciones trimestrales (modelo 130 o IVA Modelo 303) recientes, que muestran ingresos y actividad económica. 

Aval o garantías addicionales (si se requiere)

  • Avalista: persona que responda si el inquilino no paga.
  • Aval bancario o seguro de impago, si lo solicita el arrendador.

*Los avaslitas deben pagar un impuesto del 1% sobre el total de la renta (modelo PFC). 

 

 

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación, así como para tareas de análisis.

¿Qué son las cookies?

Una cookie es un pequeño archivo que se almacena en el ordenador del usuario y nos permite reconocerlo. El conjunto de cookies nos ayuda a mejorar la calidad de nuestra web, permitiéndonos controlar qué páginas encuentran nuestros usuarios útiles y cuáles no.

Aceptación del uso de cookies.

Cookies técnicas necesarias

Siempre activas

Las cookies técnicas son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría sólo incluye cookies que garantizan las funciones básicas y funciones de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan información personal alguna.

Cookies analíticas

Todas las cookies que pueden no ser especialmente necesarias para que el sitio web funcione y se utilicen específicamente para recopilar datos personales del usuario a través de análisis, anuncios y otros contenidos incrustados se llaman cookies no necesarias. Es obligatorio obtener el consentimiento del usuario antes de ejecutar estas cookies en su sitio web.