Se habilita el trámite para comunicar la condición de Gran Tenedor.
Desde el 27 de febrero de 2025, la Generalitat de Catalunya ha habilitado el trámite específico para comunicar la condición de Gran Tenedor, en cumplimiento del Decreto ley 2/2025, de 25 de febrero.
Esta comunicación es obligatoria para todas las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos, aunque ya la hayan presentado mediante una instancia genérica.
El formulario está disponible en este enlace del final del texto. E sun trámite sencillo que debe realizarse con un certificado digital válido reconocido por la Generalitat.
En el formulario deberá indicar:
- Si la condición de Gran Tenedor se acredita según la Ley Catalana 24/2015, art. 5.9, la Ley estatal 12/2023, art.3., o ambas.
- El número total de viviendas de las que es titular la persona o entidad declarante.
Su agente de confianza, puede realizar este trámite con la autorización correspondiente.
En las próximas semanas se pondrá en marcha el Registro de Grandes Tenerdores.